Consulta Médica
Dirección de Unidad Básica de Rehabilitación
Descripción y Casos de Aplicación
Servicio mediante el cual el Ayuntamiento, a través de la Unidad Básica de Rehabilitación (UBR), proporciona consultas médicas de valoración, seguimiento y orientación a personas que requieren atención en materia de rehabilitación física, con el objetivo de contribuir a la mejora de su salud y calidad de vida.
¿Cuándo debe realizarse?
Cuando la población del municipio requiera valoración médica, atención preventiva, seguimiento o canalización relacionada con procesos de rehabilitación física, conforme a la capacidad operativa de la UBR.
Destinatarios
Ciudadano
Requisitos y Documentación
| Documento requerido | Original | Copia | Observaciones |
|---|---|---|---|
| CURP | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | — |
| Acta de nacimiento | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | — |
| Comprobante de domicilio | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | — |
| Copia de INE de paciente o tutor | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | — |
| Estudios médicos | ✓ Sí | ✕ No | — |
| Referencia médica | ✓ Sí | ✕ No | — |
Criterios de Resolución del Trámite o Servicio
Costos y Lugar de Pago
Lugar de pago: No especificado en la ficha
Plazos y Vigencia
Plazo máximo de respuesta institucional:
Atención el mismo día, conforme a la programación y disponibilidad de agenda de la Unidad Básica de Rehabilitación.
Vigencia del trámite / documento obtenido:
Por consulta
Inspección o Verificación Física
Objetivo de la inspección:
Verificar el estado de salud y las condiciones físicas del paciente, a fin de determinar el tipo de atención, tratamiento o canalización adecuada dentro del ámbito de la Unidad Básica de Rehabilitación.
Personal / Inspector responsable: acatlanubr@gmail.com
Horario propio de inspección: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábado de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Dependencia y Atención Ciudadana
Dirección / Dependencia Responsable:
Dirección de Unidad Básica de Rehabilitación
Servidor público responsable: M.C.G. Miriam González Cabrera
Horarios de atención al público:
Horarios de atención Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábado de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Domicilio oficial:
Calle: Hidalgo s/n, Col: Centro, C.P. 43540, Acatlán, Estado de Hidalgo
Teléfono(s): 7757422235
Correo(s) electrónico(s): acatlanubr@gmail.com
Fundamento Jurídico
• Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (derecho a la protección de la
salud).
• Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley General de Salud.
• Ley de Salud para el Estado de Hidalgo.
• Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.
SERVICIO
“En congruencia con lo establecido en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, se expide el siguiente formato”
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Servicio mediante el cual el Ayuntamiento, a través de la Unidad Básica de Rehabilitación
(UBR), proporciona consultas médicas de valoración, seguimiento y orientación a personas que
requieren atención en materia de rehabilitación física, con el objetivo de contribuir a la mejora
de su salud y calidad de vida.
HOMOCLAVE O CLAVE ACA-UBR-CMA-083
CASOS EN LOS QUE EL SERVICIO
DEBE REALIZARSE
Cuando la población del municipio requiera valoración médica, atención preventiva,
seguimiento o canalización relacionada con procesos de rehabilitación física, conforme a la
capacidad operativa de la UBR.
TIPO DE SERVICIO CIUDADANO /
EMPRESARIAL
Ciudadano
TIPO DE SOLICITUD DEL SERVICIO
ESCRITO LIBRE ( N/A )
FORMATO TIPO ( N/A )
INSPECCIÓN O VERIFICACIÓN
OBJETIVO Verificar el estado de salud y las condiciones físicas del paciente, a fin de determinar el
tipo de atención, tratamiento o canalización adecuada dentro del ámbito de la Unidad
Básica de Rehabilitación.
CONTACTO
INSPECTOR / VERIFICADOR
Personal adscrito a la Dirección de la Unidad Básica de Rehabilitación del
Ayuntamiento, debidamente acreditado.
HORARIOS DE ATENCIÓN Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Sábado de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
CRITERIOS A LOS QUE DEBE SUJETARSE LA DEPENDENCIA PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DESCRIPCIÓN BREVE:
• Disponibilidad de personal médico y de rehabilitación.
• Capacidad instalada de la Unidad Básica de Rehabilitación.
• Cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente.
• Apego a los lineamientos y programas de salud y asistencia social aplicables.
Documento Oficial de Referencia
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Nota: El documento PDF es un respaldo oficial emitido por la administración municipal. Para confirmar vigencia actual de importes o modificaciones normativas, consulte directamente con el área correspondiente.
