Denuncias
Órgano Interno de Control del Municipio de Acatlán, Hidalgo.
Descripción y Casos de Aplicación
Servicio mediante el cual las personas pueden presentar denuncias relacionadas con posibles irregularidades, actos u omisiones cometidos por personas servidoras públicas municipales, o particulares, en agravio de la Administración Pública Municipal. La denuncia será recibida para su investigación y seguimiento conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
¿Cuándo debe realizarse?
Cuando el Órgano Interno de Control tenga conocimiento de una denuncia por actos u omisiones que pudieran constituir una irregularidad administrativa, incumplimiento de obligaciones, conducta indebida de una persona servidora pública municipal o particular.
Destinatarios
Ciudadano
Requisitos y Documentación
| Documento requerido | Original | Copia | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Escrito libre de la denuncia, señalando de manera clara los hechos que se desean hacer del conocimiento de la autoridad. | ✓ Sí | ✕ No | — |
| Datos de identificación y contacto de la persona promovente, cuando se opte por proporcionar dicha información. (opcional) | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | opcional |
| En su caso, documentos, fotografías, videos, comprobantes o cualquier otro elemento que permita aportar información relacionada con los hechos denunciado. | ✓ Sí | ✕ No | — |
| Identificación oficial, cuando resulte necesaria para acreditar la identidad de la persona promovente. | ✕ No | ✓ Sí (1 copia) | — |
Criterios de Resolución del Trámite o Servicio
Costos y Lugar de Pago
Lugar de pago: No especificado en la ficha
Plazos y Vigencia
Plazo máximo de respuesta institucional:
La recepción de la denuncia se realiza al momento de su presentación. El plazo para su investigación, determinación y, en su caso, resolución dependerá de la naturaleza de los hechos y de los procedimientos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.
Vigencia del trámite / documento obtenido:
No aplica. La recepción de la denuncia genera el registro correspondiente y, en su caso, el inicio del procedimiento que legalmente corresponda.
Inspección o Verificación Física
Objetivo de la inspección:
No aplica de manera directa para la presentación de la denuncia. En caso de que, derivado de los hechos denunciados, resulte procedente, se realizará la investigación correspondiente, ésta será determinada, calificada y sancionada por la autoridad competente conforme a sus atribuciones.
Personal / Inspector responsable: contraloriamunicipal@acatlanhidalgo.gob.mx
Horario propio de inspección: Lunes a viernes de 08:00 a.m. a 16:00 p.m.Sábado de 08:00 a.m. a 13:00 p.m.
Dependencia y Atención Ciudadana
Dirección / Dependencia Responsable:
Órgano Interno de Control del Municipio de Acatlán, Hidalgo.
Servidor público responsable: Lic. Edgar Nazario Jardinez Castro
Horarios de atención al público:
Horarios de atención Lunes a Viernes de 8:00 am a 4:00 pm Sábado de 8:00 am a 1:00 pm
Domicilio oficial:
Calle Palacio Municipal S/N Col Centro, C.P. 43540, Acatlán Hidalgo. / Calle Hidalgo, S/N Colonia Centro 43540, Acatlán Hidalgo.
Teléfono(s): 7757545148
Correo(s) electrónico(s): contraloriamunicipal@acatlanhidalgo.gob.mx
Fundamento Jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Constitución Política del Estado de Hidalgo
Ley General de Responsabilidades Administrativas;
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo;
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo; y demás disposiciones jurídicas y reglamentarias aplicables en
materia de responsabilidades administrativas, control interno y atención de quejas y denuncias.
Documento Oficial de Referencia
7e610f491885765a2f75454cd072391d6ed1a7d854b01e51924ad6e268fc4564
Nota: El documento PDF es un respaldo oficial emitido por la administración municipal. Para confirmar vigencia actual de importes o modificaciones normativas, consulte directamente con el área correspondiente.
